Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 67

Fecha del Boletín 
20-03-2009

Sección 1.3.40.21: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090320-0010

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Presidencia, Justicia e Interior

946 RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2009, del Gerente de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, por la que se hace pública la relación provisional de aspirantes declarados aptos en las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de ­acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

El artículo 10.3 de la Orden de 14 de enero de 2009, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se aprueban las bases generales de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, se establece el procedimiento de gestión, liquidación y recaudación de la tasa por derechos de examen, en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid para la obtención de dicho certificado y se efectúa la convocatoria de las citadas pruebas, establece que la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid dictará Resolución declarando los aspirantes que han superado, con carácter provisional, las pruebas acreditativas para ejercer la actividad de control de acceso a espectáculos y actividades recreativas, disponiendo su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y estableciendo el plazo de diez días hábiles para que estos aspirantes presenten ante la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid los documentos establecidos en dicha orden.

La Orden del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se regulan las características y la expedición del distintivo que identifica al personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, establece, al amparo del artículo 7 del Decreto 163/2008, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, un distintivo que deben portar los controladores de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas durante el ejercicio de su actividad.

Lo anterior hace necesario incluir entre los documentos a presentar por los aspirantes declarados aptos con carácter provisional tres fotografías tamaño carné, a los efectos de poder expedir, tanto el distintivo provisional como el definitivo.

El Tribunal Calificador de las pruebas mencionadas, en su reunión celebrada el 17 de marzo de 2009, ha propuesto a esta Gerencia de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid el listado provisional de aspirantes declarados aptos en las pruebas.

En su virtud, y haciendo uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,

RESUELVO

Primero

Hacer pública la relación provisional de aspirantes que han superado las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, que se acompaña como Anexo de esta Resolución.

Segundo

Los aspirantes declarados aptos con carácter provisional en esta resolución tienen un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en virtud de lo establecido en las bases generales de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, y en la Orden del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior por la que se regulan las características y la expedición del distintivo que identifica al personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, para presentar los siguientes documentos:

a) Certificado del Registro de Penados y Rebeldes del Ministerio de Justicia de carecer de antecedentes penales.

b) Declaración jurada o promesa de carecer de antecedentes penales en el extranjero, autorizando a la Comunidad de Madrid su investigación.

c) Tres fotografías tamaño carné.

Tercero

La referida documentación se dirigirá al Ttribunal Calificador de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Cuarto

En aras de la agilidad del proceso y para facilitar el cumplimiento de los plazos establecidos en el Decreto 163/2008, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, el lugar de presentación de los documentos reseñados en el artículo anterior será exclusivamente el de la sede de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid (carretera de Colmenar Viejo, kilómetro 13,600), en horario de lunes a sábado, de nueve a catorce.

Quinto

Las reclamaciones que los interesados puedan interponer contra la actuación del Tribunal Calificador de estas pruebas deberán dirigirlas a la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.

Sexto

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de marzo de 2009.—El Gerente de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, Agustín Carretero Sánchez.

ANEXO

(01/977/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.21: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090320-0010