Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-03-2009

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090321-0088

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 36
DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

Doña Rosa María de Paz Gómez, secretaria del Juzgado de instrucción número 36 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 52 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En el juicio de faltas con el número citado que se tramita en este Juzgado de instrucción número 36 de Madrid, sobre hurto, y en el que figuran como implicados el representante legal de “Vips” y don Jesús Jacinto Hernández Romero, se ha dictado por el magistrado-juez del mismo, don Juan Antonio Toro Peña, sentencia de fecha 16 de enero de 2009, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Jesús Jacinto Hernández Romero, como autor criminalmente responsable de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del vigente Código Penal, a la pena de un mes de multa, a razón de 6 euros diarios, y a que indemnice a la entidad “Vips” en la suma de 140,55 euros, así como al pago de las costas causadas en este procedimiento.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación. Debiendo aportar tantas copias como partes en el juicio fuesen.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Jesús Jacinto Hernández Romero, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 23 de febrero de 2009.—La secretaria (firmado).

(03/6.470/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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