Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090321-0112

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Alonso Berrio-Ategortúa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.691 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Bartolo Calva Reyes y don Miguel Sánchez Palacios, contra la empresa “No Comment in Spain, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por don Bartolo Calva Reyes y don Miguel Sánchez Palacios, contra la empresa “No Comment in Spain, Sociedad Limitada”, y el Fondo de Garantía Salarial, y debo condenar a la empresa demandada a que abone a los demandantes la cantidad que se especifica para cada uno: a don Bartolo Calva Reyes, la cantidad de 2.183,45 euros, más el 10 por 100 de interés por mora, excepto de la suma de 114 euros que es en concepto de indemnización, y para don Miguel Sánchez Palacios, la cantidad de 1.560,49 euros, más el 10 por 100 de interés por mora, excepto de la suma de 112,54 euros que lo es en concepto de indemnización. Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente, si es empresario, aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/00/1691/08, el importe del principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “No Comment in Spain, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.673/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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