Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090321-0237
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.388 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tomás Chico Fernández, don Alonso Marcos Moreno Bravo, don Inocencio Palomo Fernández y don Marcial Torres Torres, contra la empresa “Ruiz Alamillo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 75 de 2009 En Madrid, a 19 de febrero de 2009.—La ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, ha visto el presente auto número 1.388 de 2008, seguido entre partes: como demandantes, don Tomás Chico Fernández, don Alonso M. Moreno Bravo, don Inocencio Palomo Fernández y don Marcial Torres Torres, mayor de edad, con documento nacional de identidad y domicilio que constan en autos, asistidos de la letrada doña Ana Belén Vicente Miñarro, y como demandada, la empresa “Ruiz Alamillo, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citado en legal forma, Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece, versando los autos sobre cantidad. Dictándose la presente resolución en nombre de Su Majestad el Rey y en base al siguiente Fallo Que estimando la demanda promovida por don Tomás Chico Fernández, don Alonso M. Moreno Bravo, don Inocencio Palomo Fernández y don Marcial Torres Torres, contra “Ruiz Alamillo, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de los actores de fecha 13 de octubre de 2008, y resultando inviable la readmisión de los trabajadores, se declaran extinguidas las respectivas relaciones laborales que vinculaban a las partes litigantes con efectos desde la fecha de la presente resolución, condenando a la demandada a abonar a los demandantes las siguientes cantidades: A don Tomás Chico Fernández: Indemnización: 7.957,58 euros. Salarios de tramitación: 6.132,10 euros. A don Alonso M. Moreno Bravo: Indemnización: 12.082,35 euros. Salarios de tramitación: 5.660,20 euros A don Inocencio Palomo Fernández: Indemnización: 11.029,80 euros. Salarios de tramitación: 6.167,20 euros A don Marcial Torres Torres: Indemnización: 14.679,30 euros. Salarios de tramitación: 6.132,10 euros. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria exigible al Fondo de Garantía Salarial que en su día le pudiera corresponder. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo social, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de su notificación. Previniendo a la empresa demandada que para recurrir deberá acreditar haber ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de lo social, número 2523, clave 65, con indicación del número de procedimiento, abierta en el “Banco Español de Crédito”, en la calle Orense, número 19, de esta capital, oficina 1143, el importe de la condena y 150,25 euros en concepto de depósito, siendo admisible la sustitución del ingreso de la cantidad objeto de condena por la aportación de aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista, sin cuyos requisitos no será admitido a trámite el recurso, quedando firme la sentencia. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá un testimonio a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ruiz Alamillo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 24 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/6.627/09) |

