Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
21-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090321-0276

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 20 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.645 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Alfredo Ugarte Sánchez, contra la empresa “Geoweb Limited España, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado providencia y auto de admisión a trámite de la demanda, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Providencia

Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña Teresa Orellana Carrasco.—En Madrid, a 3 de febrero de 2009.

Dada cuenta; y visto el error padecido en auto de fecha 18 de diciembre de 2008, en cuanto a la fecha de señalamiento para los actos de conciliación y/o juicio, se acuerda su subsanación, siendo la fecha correcta el día 20 de abril de 2009, a las diez horas, manteniéndose el resto del auto en los mismos términos.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Diligencia.—En Madrid, a 18 de diciembre de 2008.

La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don José Alfredo Ugarte Sánchez, contra “Geoweb Limited España, Sociedad Limitada”, en materia de despido, de lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 18 de diciembre de 2008.

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso juicio en única convocatoria, la audiencia del día 23 de abril de 2009, a las diez horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, cuarta planta, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

No se cumple el plazo de señalamiento establecido en la Ley debido al volumen de asuntos que pesa sobre este Juzgado, tanto de naturaleza preferente como ordinario.

I.  Al primer otrosí digo: ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión del representante legal de “Geoweb Limited España, Sociedad Limitada”. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se la cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

II.  Ha lugar a la documental propuesta, y a tal fin se requiere a la empresa demandada para que aporte al acto del juicio los documentos interesados en el otrosí, digo, del escrito de demanda.

III.  Al segundo otrosí digo: se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en cuanto a la asistencia letrada a los efectos legales oportunos.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Geoweb Limited España, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.322/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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