Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
24-03-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090324-0140

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

EL ATAZAR

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

El Pleno Municipal, en sesión ordinaria celebrada el 18 de febrero de 2009, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Visto el proyecto de ordenanza reguladora de la nomenclatura y rotulación de las vías públicas del municipio, redactada por los servicios técnicos municipales, en el ejercicio de la competencia reconocida en el artículo 22.2.d) de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, este órgano plenario acuerda:

Primero.—Aprobar inicialmente la ordenanza reguladora de la nomenclatura y rotulación de las vías públicas, según lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y cuyo texto figura en el expediente administrativo.

Segundo.—Someter el expediente a información pública por plazo de treinta días, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

De conformidad con lo establecido en el artículo 49, último párrafo, de la citada Ley 7/1985, en el caso de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia se entenderá elevado a definitivo este acuerdo, ordenándose la publicación de esta ordenanza según lo previsto en la normativa local de aplicación.

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en las mañanas de lunes a viernes, de nueve a quince horas, durante el plazo de treinta días hábiles desde la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, como, asimismo, formular por escrito cuantas sugerencias y reclamaciones estimen pertinentes a su derecho.

En El Atazar, a 26 de febrero de 2009.—El alcalde, Juan Pablo Lozano García.

(03/7.767/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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