Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090325-0142
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda 858 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Gabino Rodríguez Gil, contra la empresa “Transportes Pontviane, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia: Sentencia número 78 de 2009 En Madrid, a 24 de febrero de 2009.—La ilustrísima señora doña Soledad Fernández del Mazo, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25, ha visto el presente auto número 858 de 2008 y acumulados números 864 de 2008, 865 de 2008 y 866 de 2008, seguido entre partes: como demandantes, don Gabino Rodríguez Gil, don David López Díaz y don Diego Sánchez Pérez, mayores de edad, con documentos nacionales de identidad números y domicilios que constan en autos, asistidos todos ellos del letrado don José Manuel Marcos Cabreras, también como demandante, don Alfonso Castello Gómez, que no comparece pese a estar citado en legal forma, y como demandados, “Transportes Pontviane, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma. Versando los autos sobre cantidad. Dictándose la presente resoluciónn en nombre de Su Majestad el Rey y en base al siguiente Fallo Que se tiene por desistido a don Alfonso Castello Gómez de la demanda entablada contra la empresa “Transportes Pontviane, Sociedad Limitada”. Que estimando las demandas acumuladas promovidas por don Gabino Rodríguez Gil, don David López Díaz y don Diego Sánchez Pérez, contra “Transportes Pontviane, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a pagar a los actores las siguientes cantidades, más el 10 por 100 de interés moratorio: A don Gabino Rodríguez Gil: 1.731,02 euros. A don David López Díaz: 1.508,79 euros. A don Diego Sánchez Pérez: 1.288,94 euros. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad subsidiaria exigible al Fondo de Garantía Salarial que en su día le pudiera corresponder. Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso. Así por esta mi sentencia, de la que se unirá un testimonio a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes Pontviane, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 26 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/7.030/09) |

