Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090325-0145
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 27 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 786 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Brahima Diakite, contra la empresa “Construcciones y Rehabilitaciones Hermanos Boro, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Sentencia número 46 de 2009 En Madrid, a 9 de febrero de 2009.—Doña Concepción del Brío Carretero, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 27 del Juzgado y localidad o provincia de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre las partes: de una y como demandante, don Brahima Diakite, y de otra, como demandados, “Construcciones y Rehabilitaciones Hermanos Boro, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la demanda interpuesta por don Brahima Diakite, contra la empresa “Construcciones y Rehabilitaciones Hermanos Boro, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a que abone al actor la cantidad bruta de 2.375,17 euros, más el intereses por mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores. Absolviendo al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de la responsabilidad legal que proceda. Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 2525 que tiene abierta en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, código postal 28020 de Madrid (código de entidad 0030, código de oficina 1143) haciendo constar en el ingreso el número de expediente y el año. Asimismo deberá en el momento de interponer el recurso de consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento). Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones y Rehabilitaciones Hermanos Boro, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 9 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/7.000/09) |

