Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090325-0113
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 20 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Teresa Nicolás Serrano, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.355 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Rosario Bejarano Sevillano, contra la empresa “Steering Air Travel, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 46 de 2009 En Madrid, a 11 de febrero de 2009.—Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre resolución de contrato, seguido a instancias de doña María del Rosario Bejarano Sevillano, contra la empresa “Steering Air Travel, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando la excepción de falta de acción esgrimida por el Fondo de Garantía Salarial en relación a la demanda de extinción de contrato formulada por doña María del Rosario Bejarano Sevillano, contra la empresa “Steering Air Travel, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial, debo de absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos de la demanda. En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración. Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo. Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2518 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente). Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros en concepto de depósito (haciendo constar también el número de procedimiento). Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Steering Air Travel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 13 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/7.674/09) |

