Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090325-0036
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS VALDELAGUNA OTROS ANUNCIOS Ante la imposibilidad de practicar notificación a las personas que se relacionan respecto de su situación de inscripción indebida en el padrón municipal de habitantes, y siendo desconocido su actual paradero, se procede a publicar el presente anuncio, según dispone el artículo 59.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A fin de regularizar su situación padronal, las personas relacionadas a continuación dispondrán de un plazo de quince días a partir de la publicación del presente anuncio para ver el expediente de baja de oficio por inscripción indebida en el padrón municipal iniciado y presentar cuantos documentos consideren oportunos ante esta Alcaldía. Transcurrido dicho plazo sin que se efectúe alegación alguna o cuando se manifieste disconformidad con la baja, se remitirá el expediente de baja con todas las actuaciones practicadas al Consejo de Empadronamiento como trámite previo a su resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, y en la Resolución de 9 de abril de 1997, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión y revisión del padrón municipal. En Valdelaguna, a 23 de febrero de 2009.—El alcalde-presidente, Luis Miguel Oreja Rubio. (02/2.832/09) |

