Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-03-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090325-0099

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 3
DE MAJADAHONDA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento ordinario número 243 de 2003, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Francisca Izquierdo Labella, en nombre y representación de doña Mercedes Ulloa y Ramírez de Haro, contra doña Asunción Moreno Ojeda, don Rafael Molina Moreno, doña Francisca José Molina Moreno y don José María Molina Moreno, representados por la procuradora de los tribunales doña María Teresa Jiménez de la Peña y, en consecuencia, declaro la responsabilidad solidaria de los demandados por las deudas sociales y les condeno a que paguen conjunta y solidariamente a la actora la cantidad de 68.964,22 euros y también a que paguen los intereses de demora legales establecidos en la sentencia condenatoria del Juzgado de primera instancia número 59 de Madrid, de fecha 29 de septiembre de 2001, juicio de cognición número 438 de 2000.

Todo ello con expresa condena en costas a los demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación, que se preparará en el plazo de cinco días, a contar del siguiente al de su notificación, en este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, de acuerdo con los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Francisca Molina Moreno y doña Asunción Molina Ojeda se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Majadahonda, a 31 de julio de 2008.—El secretario (firmado).

(02/12.122/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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