Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
25-03-2009

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090325-0234

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AYUNTAMIENTOS

Tribunal Superior de Justicia
de Madrid

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Don Tomás Sanz Hoyos, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Treinta y cinco.—Nombramiento de juez de paz titular y sustituto de Cercedilla.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Cercedilla en el que se propone el nombramiento de don Ezequiel Ruiz Costoya y don Saturnino Arias espinosa para el cargo de juez de paz titular y sustituto, respectivamente; aprobado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2008, por 10 votos a favor, uno en contra y una abstención, que representa la mayoría absoluta del número legal.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de 6 de octubre de 1993, con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades, y observando que concurren en los electos las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: nombrar juez de paz titular de Cercedilla a don Ezequiel Ruiz Costoya, y juez de paz sustituto a don Saturnino Arias Espinosa.

Con certificación particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Collado Villalba, partido judicial al que pertenece, al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Cercedilla, al Juzgado de paz de la misma localidad, y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación.

Y para que conste y en cumplimiento de lo acordado expido y firmo la presente en Madrid, a 23 de febrero de 2009.—(Firmado).

(03/6.770/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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