Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
26-03-2009

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090326-0046

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Educación

1016 RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2009, del Director General de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden 749/2009, de la Consejera de Educación, de modificación de la autorización del centro docente privado “Zola”.

Instruido el expediente iniciado a instancias del representante de la titularidad, solicitando modificación de la autorización del centro docente privado de Educación Infantil denominado “Zola”, con domicilio en la calle Valle del Roncal, número 57, urbanización “La Mocha Chica”, de Villanueva de la Cañada, esta Dirección General, a tenor de lo previsto en el artículo 14.4 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de las órdenes de modificación de la autorización de los centros privados, procede por la presente Resolución a dar cumplimiento a dicho mandato, con la publicación de la parte dispositiva de la Orden 749/2009, de la Consejera de Educación:

Primero

Modificar, de conformidad con el artículo 13.1.c) del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, la autorización del centro de Educación Infantil denominado “Zola”, sito en la calle Valle del Roncal, número 57, de Villanueva de la Cañada, por transformación de una unidad de primer ciclo en una unidad de segundo ciclo de Educación Infantil.

La autorización de los centros de Educación Primaria y Educación Secundaria existentes en el mismo recinto escolar no sufre modificación.

Segundo

La configuración del centro queda establecida de la siguiente forma:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: “Zola”.

Número de código: 28041895.

Titular: Don Zósimo Ibáñez Alonso.

Domicilio: Calle Valle del Roncal, número 57, urbanización “La Mocha Chica”.

Localidad: Villanueva de la Cañada.

Municipio: Villanueva de la Cañada.

Enseñanzas a impartir:

— Primer ciclo de Educación Infantil.

Capacidad: 3 unidades.

— Segundo ciclo de Educación Infantil.

Capacidad: 10 unidades/225 puestos escolares.

El número de alumnos que podrá ser escolarizado en las unidades de primer ciclo de Educación Infantil autorizadas por la presente Orden, no podrá exceder del número máximo de alumnos por unidad esco­lar que se determina, en función de la edad de los alumnos, en el artículo 8 del Decreto 18/2008, de 6 de marzo.

Tercero

Con anterioridad a la entrada en funcionamiento de la nueva unidad, la Dirección de Área Territorial de Madrid-Oeste aprobará expresamente, previo informe del Servicio de Inspección Educativa, la relación de personal de que dispondrá el centro, con indicación de sus titulaciones respectivas.

Cuarto

El centro deberá cumplir la Norma Básica de Edificación NBE-CPI/96 de condiciones de protección contra incendios de los edificios, aprobada por Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” del 29). Todo ello sin perjuicio de que hayan de cumplirse otros requisitos exigidos por la normativa municipal o autonómica correspondiente.

Quinto

La presente autorización surtirá efectos a partir del inicio del curso 2009-2010 y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Sexto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, y sin perjuicio de cuantos recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 25 de febrero de 2009.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

(03/8.326/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090326-0046