Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
27-03-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090327-0181

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.278 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Boujamaa El Allali, contra la empresa “Pinturas y Decoraciones Joyma, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 27 de febrero de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Se declara resuelta la relación laboral que unía a la parte actora con la demandada, y se condena a esta a que indemnice en 984,51 euros en concepto de la indemnización recogida en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores; así como a que abone los dejados de percibir desde la fecha de notificación de la sentencia de la que dimana este incidente, hasta la fecha de esta resolución (27 de febrero de 2009) y que, unidos a los que por sentencia se condenó a la empresa, ascienden a 7.743,75 euros, computados desde el día 4 de septiembre de 2008, fecha del despido, hasta el día de hoy, 27 de febrero de 2009.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pinturas y Decoraciones Joyma, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 5 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/7.956/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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