Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-03-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090328-0069

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 13
DE MADRID

EDICTO

Doña Inmaculada González Romero, secretaria del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid.

Doy fe: Que en este Juzgado se ha tramitado el procedimiento ordinario número 1.063 de 2008, seguido a instancias de “Autoreparaciones Reyes y Delgado, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Rosa María Martínez Virgili, contra “Garconcal, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía, en el que en fecha 11 de marzo de 2008 se ha dictado sentencia con el número 37 de 2008, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 37 de 2008

En Madrid, a 11 de marzo de 2008.—Vistos por mí, doña María Soledad Escolano Enguita, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 13 de Madrid y su partido, los autos de juicio ordinario número 1.063 de 2006, siendo parte demandante “Autoreparaciones Reyes y Delgado, Sociedad Limitada” (“Redauto, Sociedad Limitada”), representada por la procuradora de los tribunales doña Rosa María Martínez Vir­gili y bajo la dirección de la letrada doña Mónica Collado Pinel, y parte demandada “Garconcal, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Estimando íntegramente la demanda interpuesta por “Autoreparaciones Reyes y Delgado, Sociedad Limitada” (“Redauto, Sociedad Limitada”), representada por la procuradora doña Rosa María Martínez Virgili, contra “Garconcal, Sociedad Limitada”, condeno a “Garconcal, Sociedad Limitada”, a pagar a la actora la cantidad de 9.610,29 euros, más los intereses legales desde la fecha de la demanda, incrementados en dos puntos a partir de esta sentencia, con expresa imposición de las costas de este juicio.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, debiendo prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que unirá certificación a los autos, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de publicación.—La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la ilustrísima señora magistrada-juez que la suscribe estándose celebrando audiencia púbica en el día de su fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la entidad “Garconcal, Sociedad Limitada”, se expide el presente para que sirva de notificación en forma a dicha entidad mediante su publicación a través de su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de marzo de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/3.372/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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