Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-04-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090401-0195

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 82
DE MADRID

EDICTO

En el juicio de procedimiento ordinario número 95 de 2006, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 219 de 2007

En Madrid, a 24 de octubre de 2007.—Vistos por la ilustrísima señora doña Hortensia Domingo de la Fuente, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 82 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 95 de 2006, seguidos a instancias de la procuradora doña Myriam Álvarez del Valle Lavasque, en nombre y representación de la entidad “Nuevazar, Sociedad Limitada”, asistida de la letrada doña Begoña González Díaz, contra la entidad “Rucoba Bares y Tabernas, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Isabel Torres Coello y asistida del letrado don Miguel Ángel Sacristán Arenal; doña Isabel Mediavilla Peña, representada por el procurador don Antonio Barreiro Meiró Barbero y asistida por la letrada doña María Luz Ruiz Villanueva; don Marcos Pérez Domínguez, representado por el procurador don José Antonio Vicente Arche Rodríguez y asistido de letrado don Luis Quiroga y Gasset; don José Luis Domínguez Martínez, representado por la procuradora doña María Jesús García Letrado y asistido de la letrada doña Yolanda Jiménez González, y contra don Juan Varela Álvarez, declarado en situación procesal de rebeldía.

Fallo

Que desestimando la demanda formulada por la procuradora doña Myriam Álvarez del Valle Lavasque, en nombre y representación de la entidad “Nuevazar, Sociedad Limitada”, contra don José Luis Domínguez Martínez, don Marcos Pérez Domínguez, don Juan Varela Álvarez y doña Isabel Mediavilla Peña, absuelvo a los citados demandados de todos los pedimentos contenidos en la demanda, con expresa imposición de costas a la parte actora.

Y estimando parcialmente la demanda formulada por la procuradora doña Myriam del Valle Lavasque, en nombre y representación de la entidad mercantil “Nuevazar, Sociedad Limitada”, contra “Rucoba Bares y Tabernas, Sociedad Limitada”, declaro:

a)  La validez del compromiso de explotación de máquinas recreativas de fecha 26 de septiembre de 2001, suscrito entre “Nuevazar, Sociedad Limitada”, y “Rucoba Bares y Tabernas, Sociedad Limitada”, así como por los codemandados don José Luis Domínguez Martínez, don Marcos Pérez Domínguez, don Juan Varela Álvarez y doña Isabel Mediavilla Peña.

b)  Consecuentemente con lo anterior, la obligación de “Rucoba Bares y Tabernas, Sociedad Limitada”, de mantener instaladas durante la vigencia del compromiso de fecha 26 de septiembre de 2001, es decir, durante diez años, máquinas recreativas de la actora “Nuevazar, Sociedad Limitada”, en condiciones que permitan su normal utilización por parte del público en general en su establecimiento, denominado “La Cebada”, sito en la calle Atenas, número 2, de Pozuelo de Alarcón.

c)  La obligación de “Rucoba Bares y Tabernas, Sociedad Limitada”, de solicitar de la Comunidad de Madrid, conjuntamente con “Nuevazar, Sociedad Limitada”, la correspondiente autorización de instalación que permita la legal explotación de máquinas recreativas en su establecimiento hasta el fin de la vigencia del contrato privado de 26 de septiembre de 2001, debiendo al efecto entregar y suscribir cuantos documentos fuesen necesarios y que en cada caso exija la Administración correspondiente.

Todo ello sin especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación ante este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la ilustrísima señora magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación en legal forma al codemandado don Juan Varela Álvarez mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 9 de marzo de 2009.—El secretario (firmado).

(02/3.403/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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