Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
01-04-2009

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090401-0034

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Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 5 de marzo de 2009, por la que se da publicidad a la Orden de 26 de enero de 2009, del Consejero de Economía y
Hacienda de la Comunidad de Madrid.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.3 del Decreto 130/2002, de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid, y para general conocimiento, se hace público el contenido en extracto de la Orden de 26 de enero de 2009, del Consejero de Economía y Hacienda:

«Visto el expediente de solicitud de licencia comercial de gran establecimiento presentado por la mercantil “Chelverton Properties, Sociedad Limitada”, para la implantación de un Parque de Medianas Superficies Especializadas situado en el Sector SUE-6, “La Alberca”, en el municipio de San Fernando de Henares, conforme a lo establecido en la Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid, y el Decreto 130/2002, de 18 de julio, por el que se desarrolla dicha Ley,

DISPONGO

Conceder la licencia comercial de gran establecimiento para la implantación del Parque de Medianas Superficies Especializadas, ubicado en el Sector SUE-6 “La Alberca”, en el municipio de San Fernando de Henares, promovido por “Chelverton Properties, Sociedad Limitada”, de 25.279 metros cuadrados de superficie útil para la exposición y venta, que será distribuida en tres grandes superficies comerciales especializadas superiores a 2.500 metros cuadrados, e integrándose el resto de la superficie comercial en locales de mediano y pequeño tamaño, así como una disponibilidad de 1.435 plazas de aparcamiento, debiendo dar cumplimiento a las condiciones establecidas en el informe de la Dirección General de Carreteras de la Comunidad de Madrid.

En todo caso, todas aquellas unidades comerciales con superficie útil para exposición y venta superior a 2.500 metros cuadrados que se integren en el citado Parque Comercial deberán solicitar su preceptiva licencia comercial, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley 16/1999 de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid.

La concesión de la referida licencia se entiende sin menoscabo de las competencias municipales correspondientes y, asimismo, de las de cualquier otra entidad o Administración, así como del resultado del procedimiento ambiental que se derive de la aplicación de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre Evaluación Ambiental, de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.»

Madrid, a 5 de marzo de 2009.—El Secretario General Técnico, Héctor Casado López.

(03/9.064/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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