Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090401-0180
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 27 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 118 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Ignacio Gil Gómez, contra la empresa “Panaiberican Systems, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto despachando ejecución de fecha 13 de octubre de 2008: Auto En Madrid, a 13 de octubre de 2008. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don Juan Ignacio Gil Gómez, contra “Panaiberican Systems, Sociedad Limitada”, por un importe de 1.775,66 euros de principal (1.691,43 euros fijados en la sentencia y 84,52 euros del interés de mora del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores), más 100 euros y 180 euros para intereses y costas que se fijan provisionalmente y respectivamente. b) Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que a continuación se detallan. c) Líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiéndose solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. d) Líbrese oficio a la Oficina de Averiguación Patrimonial del Ministerio de Economía y Hacienda a fin de localizar bienes y derechos titularidad de la parte ejecutada, diligenciándose a través del Servicio de Apoyo del Decanato de esta ciudad. e) Se acuerda el embargo de la cantidades que en concepto de impuesto sobre la renta de las personas físicas e impuesto sobre el valor añadido pudiera ser perceptor la ejecutada, librándose a tal efecto oficio a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, y líbrese oficio al Servicio de Índices a fin de que informen si la ejecutada es titular de algún bien inmueble, interesándose la remisión de la cantidades a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, cuenta corriente número 2525/0000/64/011808, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid. f) Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. g) Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. Notifíquese la presente resolución a las partes. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Panaiberican Systems, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 24 de febrero de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/8.226/09) |

