Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090402-0117
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 11 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 759 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Pedrajo Losa, don Juan Antonio Fernández Córdoba y don Francisco Venzala Reyes, contra la empresa “Construcciones y Reformas Reales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución: Sentencia número 210 de 2008 En Madrid, a 27 de junio de 2008.—Don Segismundo Crespo Valera, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 11 del Juzgado de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandantes, don José Luis Pedrajo Losa, don Juan Antonio Fernández Córdoba y don Francisco Venzala Reyes, que comparecen asistidos por el letrado don José Luis Fernández Chillón y de otra, como demandados, don Manuel Carmelo Espinosa Macía y “Construcciones y Reformas Reales, Sociedad Limitada”, que no comparecen, y “Diseño y Detalle, Sociedad Limitada”, que comparece asistida por la letrada doña Alicia Mendoza Martínez, ha dictado la siguiente sentencia: Fallo Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don José Luis Pedrajo Losa, don Juan Antonio Fernández Córdoba y don Francisco Venzala Reyes, contra “Construcciones y Reformas Reales, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa “Construcciones y Reformas Reales, Sociedad Limitada”, y a su administrador único don Manuel Carmelo Espinosa Macía, a que abonen a los actores las siguientes cantidades: A don José Luis Pedrajo Losa: 1.408,04 euros. A don Juan Antonio Fernández Córdoba: 1.480,62 euros. A don Francisco Venzala Reyes, 1.051,47 euros. Y condeno a la empresa “Diseño y Detalle, Sociedad Limitada”, a responder solidariamente de las siguientes cantidades: A don José Luis Pedrajo Losa: 1.125,32 euros. A don Juan Antonio Fernández Córdoba: 937,76 euros. A don Francisco Venzala Reyes: 794,90 euros. Más del 10 por 100 de interés por mora. Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo. Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Manuel Carmelo Espinosa Macía, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 5 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/8.272/09) |

