Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-04-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090404-0191

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 69
DE MADRID

EDICTO

Doña Ángeles Rosa García Solano, secretaria del Juzgado de primera instancia número 69 de los de Madrid.

Hago saber: Que en los autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado con el número 963 de 2007, a instancias de “Gas Natural Distribución SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña María África Martín-Rico Sanz, contra doña Aurora Tojaka Clemente, se ha acordado notificar la sentencia dictada en los presentes a la demandada rebelde, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Madrid, a 15 de octubre de 2007.—La ilustrísima señora doña María Asunción Ramírez Sainz de Murieta, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 69 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio verbal número 963 de 2007, promovidos a instancias de “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña África Martín Rico y asistida del letrado don José Luis Esteban Villar, contra doña Aurora Tojaka Clemente, declarada en situación procesal de rebeldía, ha dictado el siguiente

Fallo

Estimo la demanda formulada por “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora doña África ­Martín Rico, contra doña Aurora Tojaka Clemente, declarada en rebeldía, y, en consecuencia:

1.  Declaro resuelto el contrato de suministro de gas existente entre ambas partes, suscrito mediante la póliza de abono número 2.494.395.

2.  Condeno a doña Aurora Tojaka Clemente a estar y pasar por la anterior declaración.

3.  Condeno, asimismo, a doña Aurora Tojaka Clemente a pagar a “Gas Natural SDG, Sociedad Anónima”, la suma de 642,64 euros, más intereses legales desde el 8 de junio de 2007, fecha de interposición de la demanda.

4.  Condeno a doña Aurora Tojaka Clemente a permitir la entrada en el mencionado domicilio, sito en Madrid, calle Primero de Octubre, número 11, segundo A (Pardo), donde se presta el suministro de gas, y permitir que se desmonte el contador de gas, clausurando la instalación receptora, con expreso apercibimiento de que si no facilita voluntariamente tal acceso se librará el correspondiente mandamiento para que, en el día y hora que se señale, se constituya en el indicado domicilio la comisión judicial, asistida de la representación de la actora, a fin de que por personal técnico de la misma se proceda a la privación del suministro de gas, desmontando el contador.

5.  Condeno, asimismo, a la citada demandada al pago de las costas derivadas del presente procedimiento.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid que deberá prepararse por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la fecha de su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido dictada, leída y publicada por la ilustrísima magistrada-juez que la suscribe en acto de audiencia pública en el día de su fecha.—Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Aurora Tojaka Clemente, y para que sirva de notificación en forma a la referida demandada y su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente que firmo en Madrid, a 16 de marzo de 2009.—La secretaria (firmado).

(02/3.645/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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