Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090406-0103
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Audiencia Nacional Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Segunda EDICTO Ilustrísimos señores: presidente, don Francisco Gerardo Martínez Tristán, y magistrados, don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez, doña Elvira Adoración Rodríguez Martí, don Miguel Ángel García Alonso, doña Sandra González de Lara Mingo, don Francisco Javier Canabal Conejos y don Marcial Viñoly Palop.—En la villa de Madrid, a 29 de mayo de 2008. Vistos por la Sala, constituida por los señores citados de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.186 de 2005, interpuesto por don Santiago Molina Mejía, representado por el procurador don José Antonio Sandín Fernández, contra la resolución de fecha 11 de julio de 2005 del Pleno del Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama que desestimó las reclamaciones presentadas el 20 de junio de 2005 por don Santiago Molina Mejía al presupuesto municipal y aprobó definitivamente el presupuesto de la entidad para el ejercicio de 2005. Ha sido parte demandada el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, estando representado por la letrada doña María José Ramo Hernando. Fallo Estimamos parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de don Santiago Molina Mejía, contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Paracuellos del Jarama de 11 de julio de 2005 por le que se aprobaron los presupuestos municipales para el ejercicio 2005, el cual procedemos a anular en lo referido a la financiación de las inversiones señaladas: “obras en la calle de la Iglesia, adecuación de la calle para un mejor aparcamiento de los vehículos. Y un mejor tránsito de los coches.” “Actuaciones en colectores, destinadas a mejorar el saneamiento de determinados sectores del municipio”. “Centro de empresas y difusión tecnológica”. Sin expresa imposición de las costas a ninguna de las partes. Procédase a la publicación del fallo de esta sentencia en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el plazo de los diez días siguientes a la firmeza de la presente sentencia. Notifíquese la presente resolución, con la advertencia de que la misma no es firme, pudiendo interponerse recurso de casación que habrá de prepararse ante esta misma Sala en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de la presente resolución. Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Y para su publicación a los efectos del artículo 126 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa expido el presente. En Madrid, a 13 de marzo de 2009.—El secretario judicial (firmado). (03/9.406/09) |

