Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
06-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090406-0089

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 4 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Cima Sainz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.318 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Rodolfo Granda Coello, contra la empresa “Distribución Creativa Jolba, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 487 de 2008

En Madrid, a 1 de diciembre de 2008.—Visto por doña María Isabel Saiz Areses, magistrada-juez de lo social del número 4 de Madrid, el juicio promovido por resolución de contrato, seguido ante este Juzgado con el número 1.318 de 2008, a instancias de don Javier Rodolfo Granda Coello, asistido por el letrado señor don José de La Vara Armendáriz, frente a la empresa “Distribución Creativa Jolba, Sociedad Limitada”, que no comparece; autos en los que se ha dictado la presente sentencia en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Javier Rodolfo Granda Coello, contra la empresa “Distribución Creativa Jolba, Sociedad Limitada”, en resolución de contrato, declaro la extinción del contrato de trabajo del actor con la empresa demandada en la fecha de esta resolución, condenando a la empresa a abonar al trabajador en concepto de indemnización derivada de dicha extinción, la suma de 3.434,93 euros.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad legal que con carácter subsidiario incumbe al Fondo de Garantía Salarial dentro de los supuestos y límites legales para el supuesto de insolvencia de la empresa.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este Juzgado en el término de cinco días desde la notificación de esta sentencia y que será resuelto, en su caso, y cumplidos los trámites legales, por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Expídase testimonio de esta resolución que quedará unido a los autos de los que dimana, llevándose el original al libro de sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Distribución Creativa Jolba, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.797/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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