Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 2.110.40.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090406-0011
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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Delegación de Economía y Hacienda de Madrid BO.UI.1/09 Por la presente se notifica al contribuyente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre), al no haber podido realizarse la notificación en el domicilio que figura en los documentos existentes en esta Delegación. Por lo que se hace saber: En relación con la solicitud de aplazamiento/fraccionamiento de pago de la deuda indicada, a nombre de “Radio Marítima Internacional, Sociedad Anónima”, con CIF A-80490238, se le requiere para que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, aporte en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al recibo de esta notificación, los datos y/o documentos que se indican expresamente señalados a continuación: — Fotocopia del código de identificación fiscal (CIF). — Un teléfono de contacto. — Fotocopia de escrituras de la empresa donde figura el administrador. — Balance de la situación económica de la empresa actualizado. — Cuenta de pérdidas y ganancias actualizadas. Garantías A) Si la garantía ofrecida consiste en aval de entidad de crédito, sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución. — Compromiso de aval solidario de entidad de crédito (ya que no han hecho los ingresos de las tres cartas de pago que les enviamos en el mes de octubre de 2008, por importe de 3.000 euros cada una) o sociedad de garantía recíproca, ajustado al modelo que se adjunta, o certificado de seguro de caución. — A ese efecto, deberá acompañar fotocopia del poder de las personas que suscriben el aval en representación de la entidad financiera. C) Si se solicita dispensa total o parcial de garantía. — Declaración responsable y justificación documental manifestando carecer de bienes o no poseer otros que los ofrecidos en garantía. — Justificación documental de la imposibilidad de obtener aval de entidad de crédito (al menos de tres entidades distintas), o certificado de seguro de caución en las que consten las gestiones efectuadas para su obtención. — Balance y cuenta de resultados de los tres últimos años, así como el avance del ejercicio actual e informe de auditoría, si existe. — Copia de TC-2 de los últimos tres meses. — Plan de viabilidad y cualquier otra información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado. La falta de aportación de la anterior documentación en el plazo de diez días, contados a partir de la notificación de este requerimiento, que deberá remitirse a la Delegación de Economía y Hacienda, calle Guzmán el Bueno, número 139, tercera planta, despacho 323, 28071 Madrid, determinará tenerle por no presentada su solicitud, archivándose la misma sin más trámite, lo que conllevaría exigir dicha deuda por la vía de apremio mediante la notificación de la oportuna providencia de apremio, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 46.6 del Real Decreto 939/2005, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Concepto: multas y sanciones no tributarias. Referencia contable 00028.2008-0-008331-6. Fecha plazo para el pago en período voluntario: 15 de octubre de 2008. Importe: 35.940,52 euros. Madrid, a 18 de marzo de 2009.—El delegado de Economía y Hacienda, Juan Antonio Martínez Menéndez. (02/3.526/09) |

