Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090407-0099
Páginas: 0
|
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 8 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Raquel Resa Carretero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 52 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Finch García, don Dixon Oswaldo Jungal Guerrero, don Miguel Eduardo Plazas Bencardino y doña Caterina Ontañón Malmonge, contra las empresas “Centro de Coordinación y Servicios, Sociedad Limitada”, “E7 Arquitectura, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente: Fallo Que estimando la demanda formulada por don Pedro Finch García, don Dixon Oswaldo Jungal Guerrero, don Miguel Eduardo Plazas Bencardino y doña Caterina Ontañón Malmonge, en materia de despido contra las empresas “Centro de Coordinación y Servicios, Sociedad Limitada”, y “E7 Arquitectura, Sociedad Limitada”, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de los referidos trabajadores condenando solidariamente a las empresas a abonarles las siguientes indemnizaciones: A don Pedro Finch García: 13.455,26 euros. A doña María Caterina Ontañón Malmonge: 23.942,95 euros. A don Miguel Eduardo Plazas Bencardino: 16.399,43 euros. A don Dixon Oswaldo Jungal Guerrero: 12.028,62 euros. Así como a abonarles solidariamente los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (2 de diciembre de 2008) a la fecha de la presente resolución, declarando extinguida la relación laboral que les unía con efectos de 11 de marzo de 2009, y que ascienden a las siguientes cantidades: A don Pedro Finch García: 7.319,07 euros. A doña Caterina Ontañón Malmonge: 6.093,45 euros. A don Miguel Eduardo Plazas Bencardino: 9.960,39 euros. A don Dixon Oswaldo Jungal Guerrero: 6.843,87 euros. Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Centro de Coordinación y Servicios, Sociedad Limitada”, y “E7 Arquitectura, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 12 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/8.843/09) |

