Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
07-04-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090407-0200

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

NAVALCARNERO

URBANISMO

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de febrero de 2009, adoptó, por delegación del alcalde-presidente, el acuerdo de aprobar definitivamente la disolución de la Junta de Compensación del Sector I-8 “Barrio San Andrés”, del Plan General de Ordenación Urbana de Navalcarnero, y la cuota de liquidación de la misma.

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4/1984, de Medidas de Disciplina Urbanística, y artículo 30 del Reglamento de Gestión Urbanística, al amparo de lo previsto en el artículo 37 de los Estatutos de la Junta de Compensación, significando que contra este acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y ante el mismo órgano administrativo autor de la resolución, o bien, para el supuesto de no interposición del recurso anterior podrá acudirse, directamente, ante la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Navalcarnero, a 5 de marzo de 2009.—El alcalde-presidente, ­Baltasar Santos González.

(02/2.973/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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