Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
08-04-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090408-0083

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 5
DE LEGANÉS

EDICTO

En el juicio de divorcio contencioso número 206 de 2007, sobre divorcio contencioso, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Auto

Magistrada-juez de primera instancia, doña Ana Mercedes Merino Melara.—En Leganés, a 14 de noviembre de 2008.

Parte dispositiva:

1.  Se admite a trámite la demanda de divorcio presentada por el procurador don Alfonso Blanco Fernández, en nombre y representación de doña Fatiha Saidi, figurando como parte demandada don Said Alaoui Ismaili, y el ministerio fiscal, sustanciándose la demanda por los trámites del juicio verbal con las especialidades previstas en el artículo 753 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2.  Dese traslado de la demanda al fiscal y a la parte demandada, haciéndoles entrega de copia de la misma y de los documentos acompañados, emplazándoles para que la contesten en el plazo de veinte días hábiles computados desde el siguiente al emplazamiento.

Apercíbase a la parte demandada que si no comparece dentro de plazo se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Adviértasele, asimismo, que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículo 750 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

3.  Previamente al emplazamiento, procédase a la averiguación del domicilio o residencia actual de la parte demandada, a cuyo efecto líbrese oficio a la policía de conformidad con lo solicitado.

4.  Con testimonio de la presente resolución y de la solicitud de medidas provisionales, fórmese los correspondientes autos.

5.  Dese traslado a la parte actora y al ministerio fiscal del oficio recibido del Consultado General del Reino de Marruecos.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.

Así lo manda y firma su señoría, de lo que doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica y emplaza a don Said Alaoui Ismaili a fin de que comparezca en el plazo señalado, bajo apercibimiento de declararle en rebeldía.

En Leganés, a 13 de marzo de 2009.—El secretario (firmado).

(03/9.628/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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