Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090413-0100
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 10 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 288 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Alberto Manzanal de la Fuente, contra las empresas “Tecnocom, Sociedad Anónima”, y “Open Solutions, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 6 de marzo de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Diligencia.—En Madrid, a 6 de marzo de 2009. La extiendo yo, la secretaria, para hacer constar que con esta misma fecha ha correspondido a este Juzgado de lo social, por el turno de reparto, la demanda presentada por don Juan Alberto Manzanal de la Fuente, contra “Tecnocom, Sociedad Anónima”, y “Open Solutions, Sociedad Limitada”, en materia de ordinario, de lo que doy cuenta a su señoría.—Doy fe. Auto En Madrid, a 6 de marzo de 2009.—Vistas por mí, doña María Luisa Segura Rodríguez, ilustrísima señora magistrada-juez de lo social del número 10 de los de Madrid y provincia, las presentes actuaciones, seguidas a instancias de la actora indicada y frente a la demandada antes referenciada, en materia de despido, dicto la siguiente resolución: Parte dispositiva: Así por este mi auto, digo: Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente. No acreditándose el requisito de conciliación previa, se admite provisionalmente a trámite la demanda, advirtiendo a la parte demandante que ha de acreditar la celebración o el intento del expresado acto en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación, mediante la presentación del original de dicho documento, bajo apercibimiento de que de no hacerse así se archivará la demanda sin más trámite. Y sin perjuicio de ello, se señala para el acto de conciliación y, en su caso, en única convocatoria, la audiencia del día 27 de abril de 2009, a las once y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, segunda planta (Sala 2-C), de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados, a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral. A los otrosíes: documental, respecto de partes de alta y/o baja en la Seguridad Social, no ha lugar al ser documental a la que la parte tiene acceso. Requiérase a la parte demandada a fin que al acto del juicio aporte documentación relativa a la subrogación empresarial. Al otrosí: ha lugar, y cítese al representante legal de la demandada, según lo solicitado por la actora para la práctica de la prueba de interrogatorio de las partes en juicio, de conformidad con los artículos 301 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 y efectos preveídos en el artículo 304 del mismo texto legal, es decir, que en caso de incomparecencia el Juzgado podrá considerar reconocidos los hechos. Notifíquese esta resolución a las partes. Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Open Solutions, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 20 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/9.844/09) |

