Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.50.1.4: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090414-0112
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AYUNTAMIENTOS Tribunal Superior de Justicia de Madrid SALA DE LO SOCIAL EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN En las actuaciones número 2.258 de 2007 seguidas ante la Sección Quinta de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, dimanante de los autos recurso de suplicación número 2.258 de 2007 del Juzgado de lo social número 18 de Madrid, promovidos por Comunidad de Madrid (Servicios Jurídicos), contra doña María Altagracia Cuadrado Gallego y “San Bernardino de Siena, Sociedad Anónima” (Colegio Nuestra Señora de la Hoz), sobre contratos de trabajo, con fecha 18 de diciembre de 2008 se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: La Sala acuerda: Declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado don Antonio Tobares Bermudo, en nombre y representación de doña María Altagracia Cuadrado Gallego, contra la sentencia dictada por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de fecha 30 de octubre de 2007, en el recurso de suplicación número 2.258 de 2007 interpuesto por la Comunidad de Madrid, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 18 de Madrid de fecha 2 de enero de 2007, en el procedimiento número 775 de 2004, seguido a instancias de doña María Altagracia Cuadrado Gallego, contra Comunidad de Madrid y “San Bernardino de Siena, Sociedad Anónima” (Colegio Nuestra Señora de la Hoz”), sobre cantidad. Se declara la firmeza de la sentencia recurrida sin imposición de costas a la parte recurrente. Contra este auto no cabe recurso alguno. Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia con certificación de esta resolución y comunicación. Así lo acordamos, mandamos y firmamos. Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Y para que sirva de notificación y advertencia en forma a “San Bernardino de Siena, Sociedad Anónima” (Colegio Nuestra Señora de la Hoz”), en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 18 de marzo de 2009.—El secretario (firmado). (03/9.577/09) |

