Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090414-0142
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 25 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 123 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Suárez Ruiz, contra la empresa “Transporte Sienes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto: Diligencia.—En Madrid, a 5 de marzo de 2009. La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se han recibido los anteriores comunicados relativos a la ejecutada, en sentido negativo, remitidos por la Oficina de Colaboración con el Catastro, la Agencia Tributaria y el Registro de la Propiedad número 1 de Arganda del Rey. Asimismo se han recibido, en sentido positivo, las anteriores comunicaciones remitidas por la Oficina de Colaboración con Tráfico y por la Oficina de Averiguación Patrimonial, de lo que paso a dar cuenta.—Doy fe. Auto En Madrid, a 5 de marzo de 2009. Parte dispositiva: Únase los anteriores comunicados en sentido negativo referidos a la ejecutada remitidos por la Oficina de Colaboración con el Catastro, la Agencia Tributaria y el Registro de la Propiedad número 1 de Arganda, y póngase en conocimiento del ejecutante a los efectos oportunos. Asimismo, únase la anterior documentación, en sentido positivo, remitida por la Oficina de Colaboración con Tráfico y por la Oficina de Averiguación Patrimonial. A la vista de ello se decreta el embargo sobre los ingresos que se produzcan en la cuenta corriente de la parte ejecutada, así como de los saldos acreedores existentes en las cuentas corrientes, depósitos de ahorro o análogos y cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada, en los que las entidades bancarias “Banco Sabadell”, sito en la calle Gran Vía, número 6, de Madrid, “Caja de Ahorros de Zaragoza, Aragón y La Rioja”, sita en la plaza de la Villa, número 13, de Loeches, “Banco Santander”, sito en la plaza de Canalejas, número 1, de Madrid, “Banco Gallego”, sito en la calle Alcalá, número 109, de Madrid, “Banesto”, sito en la calle Alcalá, número 14, “Caja España de Inversiones”, sita en la calle Mota del Cuervo, número 2, de Madrid, “Caja Guadalajara”, sita en la calle Carretas, número 4, de Loeches, “Banco Pastor”, sito en la calle Baños, número 2, de Loeches, y “La Caixa”, sita en el paseo de la Castellana, número 51, de Madrid, actúen como depositarias o meras intermediarias, hasta cubrir el importe total del principal adeudado más intereses y costas calculados. Líbrese la oportuna comunicación para la retención y transferencia de las indicadas cantidades y sucesivas que se abonen hasta cubrir el total importe a la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado. Asimismo, requiérase la aportación del extracto de las cuentas corrientes, de las cartillas u otros análogos que pudiera tener la ejecutada a la fecha. Y adviértase: a) Que el pago que en su caso hicieran a la demandada no será válido (artículo 1.165 del Código Civil) y que, asimismo, la transferencia ordenada les libera de toda responsabilidad frente a la acreedora. b) Que este Juzgado es el competente para conocer las cuestiones que sobre el embargo decretado se susciten (artículos 236, 238, 258 y 273 de la Ley de Procedimiento Laboral). c) De las responsabilidades penales en que puedan incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia del embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal). Indíquese que este requerimiento debe contestarse en el plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados en lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez sustituta de lo social, Soledad Fernández del Mazo. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transporte Sienes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 5 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/9.430/09) |

