Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090414-0138
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 11 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 244 de 2008, ejecución número 18 de 2008, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ignacio Emparán Rozas, contra don Juan Antonio Torres Vallejo, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de fecha 6 de mayo de 2008: Diligencia.—En Madrid, a 6 de mayo de 2008.—La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 6 de mayo de 2008 ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito que se une a estos autos, de lo que paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe. Auto En Madrid, a 6 de mayo de 2008. Parte dispositiva: En su virtud, visto el precepto citado y demás de general y pertinente aplicación, dispongo: a) Despachar la ejecución a instancias del letrado don Ignacio Emparán Rozas, contra don Juan Antonio Torres Vallejo, por la cantidad de 355,20 euros, más 35,52 euros para costas. b) Trabar embargo sobre los bienes de don Juan Antonio Torres Vallejo en cuantía suficiente a cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución. c) A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al afecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende. Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, así como a la Oficina de Averiguación Patrimonial, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos del deudor de que tengan constancia. Notifíquese la siguiente resolución a las partes. Modo de impugnación: no cabe recurso alguno contra la misma. Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez de lo social, Miguel Ángel Román Grande. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación a don Juan Antonio Torres Vallejo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 10 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/9.237/09) |

