Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090415-0125

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 23 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 556 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jimmy Alexon Ángel Carvajal, contra la empresa “Tundi Trabajos Verticales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Que estimando la demanda promovida por don Jimmy Alexon Ángel Carvajal, frente a la empresa “Tundi Trabajos Verticales, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone al demandante la cantidad de 1.780 euros por los conceptos reclamados en su demanda, más un 10 por 100 en concepto de interés anual por mora en proporción al período transcurrido desde el 18 de marzo de 2008 hasta la fecha.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme, al no contemplarse legalmente la posibilidad de interponer recurso alguno frente a la misma, por razón de la inferior cuantía de la cantidad reclamada que constituye el objeto de este proceso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tundi Trabajos Verticales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.509/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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