Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090415-0149
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 27 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 111 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Braulio Cardona Sacari, contra la empresa “Aluendro Hispano Portugués, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto despachando ejecución de fecha 20 de octubre de 2008 y auto de insolvencia de fecha 12 de febrero de 2009 siguientes: Auto En Madrid, a 20 de octubre de 2008. Parte dispositiva a) Despachar la ejecución solicitada por don Braulio Cardona Sacari, contra “Aluendro Hispano Portugués, Sociedad Limitada”, por un importe de 186,56 euros para intereses y costas que se fijan provisionalmente. b) Habiéndose dictado auto de insolvencia en fecha 22 de julio de 2008 en la ejecución número 1 de 2008 que se sigue en este Juzgado y que al día de la fecha es firme, únase a los autos testimonio del auto de insolvencia dictado en dicha ejecución. c) Procédase a dictar insolvencia por referencia y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274.3 de la Ley de Procedimiento Laboral, dese audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de diez días insten a lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución. d) Advertir y requerir a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto. e) Advertir a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase. f) Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial, a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo. Notifíquese la presente resolución a las partes. Modo de impugnación: contra la misma podrá formularse oposición por la ejecutada en el plazo de diez días, por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal). Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Concepción del Brío Carretero. Auto En Madrid, a 12 de febrero de 2009. Parte dispositiva: En atención a lo expuesto, se acuerda: a) Declarar a la ejecutada “Aluendro Hispano Portugués, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 1.865,63 euros de principal, más 139,92 euros y 186,56 euros para intereses y costas que se fijaron provisionalmente. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial. Así lo acuerda, manda y firma su señoría ilustrísima doña Concepción del Brío Carretero. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aluendro Hispano Portugués, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 3 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/9.596/09) |

