Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
15-04-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090415-0131

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

TRES CANTOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

Según acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 25 de marzo de 2009, del Ayuntamiento de Tres Cantos, se han aprobado las bases y convocatoria que han de regir durante el año 2009 la concesión de subvenciones a:

1.  Proyectos de Cooperación al Desarrollo.

2.  Proyectos de Educación para el Desarrollo y de Sensibilización de la Población de Tres Cantos.

La cantidad destinada por este Ayuntamiento a la presente convocatoria es 225.000 euros, con cargo al presupuesto de 2009.

Las solicitudes, junto con el resto de la documentación requerida, deberán presentarse, en el plazo de veinte días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la presente convocatoria, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el Registro General del Ayuntamiento de Tres Cantos (plaza del Ayuntamiento, número 1), en el horario de ocho y treinta a catorce, de lunes a viernes, y de dieciséis a diecinueve, de lunes a jueves, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para consultar se puede acudir a:

— Tablón municipal, plaza del Ayuntamiento, número 1, Tres Cantos (Madrid).

— Concejalía de Solidaridad y Cooperación al Desarrollo, teléfono 912 938 066.

— Servicio de Atención al Vecino.

www.trescantos.es

Tres Cantos, a 31 de marzo de 2009.—La concejala de Asuntos Sociales, Inmigración y Cooperación al Desarrollo, Olimpia Zelaya Boquín.

(03/10.595/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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