Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090415-0141
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS VILLAVICIOSA DE ODÓN OFERTAS DE EMPLEO BASES PARA PROVEER, POR EL SISTEMA DE CONCURSO DE MÉRITOS, UN PUESTO DE FUNCIONARIO VACANTE EN EL AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN Primera. Objeto de la convocatoria Constituye el objeto de las presentes bases la provisión, por concurso de méritos, del puesto de trabajo de personal funcionario siguiente: — Número de puestos: 1. — Denominación: jefe de negociado. — Grupo y nivel: C22. — Escala: Administración General. — Subescala: Administrativa. — Complemento específico: 13.111,72 euros. — Descripción del puesto: tramitación de expedientes relativos a sanciones en materias de medio ambiente, sanidad, urbanismo o comercio e industria. Segunda. Requisitos y condiciones de participación Podrán tomar parte en la convocatoria todos los funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón pertenecientes a la escala Administrativa de la Administración General, cualquiera que sea su situación administrativa, a excepción de suspensión de funciones, siempre que hayan permanecido en cada puesto definitivo un mínimo de dos años, salvo las normas previstas en función pública. Debiendo reunir dichas condiciones en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes. Tercera. Presentación de solicitudes Las solicitudes para tomar parte en este concurso se presentarán en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”, en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, en horario de ocho y treinta a trece y treinta, de lunes a viernes, y de diez a trece los sábados. En el anuncio se hará referencia a la página web donde figurarán publicadas las bases de la convocatoria. Expirado el plazo de presentación de instancias, el alcalde-presidente dictará resolución declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos y la causa de exclusión, en su caso, así como los miembros de la comisión de valoración, y se expondrá en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento. Cuarta. Méritos a valorar 1. Antigüedad reconocida: 1.1. Se valorará por años de servicio, computándose a estos efectos los reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre. Se valorará a razón de 0,30 puntos por cada año completo de servicios, con un máximo total de 3 puntos. 2. Valoración del trabajo desarrollado: 2.1. El tiempo de permanencia en puesto de trabajo de cada nivel: — Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo superior al nivel del que se solicita: 0,5 puntos. — Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo de igual nivel al puesto que se solicita: 0,4 puntos. — Por cada año de desempeño de un puesto de trabajo inferior en un nivel al puesto que se solicita: 0,3 puntos. La puntuación máxima en el apartado 2.1 será de 3 puntos. 2.2. Valoración de la experiencia en el desempeño de puestos similares en las funciones desarrolladas en los puestos ocupados por los candidatos con los ofrecidos: — Por cada año de servicios en puestos de las características del puesto que se solicita: 0,50 puntos. La puntuación máxima en el apartado 2.2 será de 3 puntos. La puntuación de los apartados 2.1 y 2.2 será acumulable, un año de servicio podrá puntuar, en su caso, por ambos conceptos. 3. Cursos de formación y perfeccionamiento.—Por haber superado o asistido a cursos de formación y perfeccionamiento, seminarios, congresos o jornadas, siempre que, a juicio de la Comisión de Valoración, estén directamente relacionados con el contenido del puesto convocado, podrá adjudicarse hasta un total de 2 puntos, con arreglo a los siguientes criterios: — Hasta 20 horas de duración: 0,05 puntos por curso. — Entre 21 horas a 40 horas: 0,10 puntos por curso. — Entre 41 horas a 60 horas: 0,15 puntos por curso. — Más de 60 horas de duración: 0,20 puntos por curso. El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos vendrá dado por la puntuación obtenida según el baremo, en caso de empate en la puntuación se acudirá a dirimirlo a la mayor puntuación otorgada a los méritos enunciados por el siguiente orden: 1.o Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.2. 2.o Mayor puntuación obtenida en el apartado 2.1. 3.o Mayor puntuación obtenida en el apartado 1. La puntuación mínima necesaria para la adjudicación del puesto será de 7 puntos. Quinta. Acreditación de méritos Los méritos alegados por los concursantes serán acreditados documentalmente, mediante las pertinentes certificaciones u otros justificantes, salvo que dichos datos obren en poder del Ayuntamiento. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias. Sexta. Comisión de Valoración La Comisión de Valoración estará constituida por los miembros y con arreglo a la siguiente composición: — Un presidente designado por la concejala de Recursos Humanos. — Vocales: cuatro miembros designados por la concejala de Recursos Humanos, actuando uno de ellos como secretario. Se designará, asimismo, un suplente por cada uno de los mismos. Todos los miembros deberán ser funcionarios de carrera y deberán pertenecer al grupo de titulación igual o superior al exigido para el puesto convocado. Séptima. Resolución La Comisión de Valoración elevará a la Alcaldía-Presidencia la propuesta de resolución del concurso, con indicación del candidato que haya obtenido la puntuación más alta. El plazo de resolución será de dos meses, contados desde el día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de instancias. La resolución se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. Villaviciosa de Odón, a 1 de abril de 2009.—El alcalde-presidente, José Jover Sanz. (03/10.510/09) |

