Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-04-2009

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090416-0191

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 18
DE MADRID

EDICTO

Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.671 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia número 345 de 2008

En Madrid, a 27 de octubre de 2008.—Vistos por mí, don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 1.671 de 2008, en los que ha sido parte, como implicados, don Nicolae Marius Marcu y don Dumitru Mihai, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:

Fallo

Absuelvo libremente a don Dumitru Mihai de la falta por la que ha sido denunciado en el presente procedimiento.

Declaro de oficio las costas del proceso.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Diligencia.—Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.

El escrito de recurso deberá expresar ­ordenadamente las alegaciones sobre quebrantamiento de las normas y garantías procesales, error en la apreciación de las pruebas o infracción del precepto constitucional o legal en que se base la impugnación.

Se fijará un domicilio para notificación, debiendo acompañar tantas copias como partes hubiere.

El recurso se resolverá por la Audiencia Provincial de Madrid.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Nicolae Marius Marcu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 17 de marzo de 2009.—El secretario (firmado).

(03/10.065/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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