Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-04-2009

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090416-0204

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

JUZGADO NÚMERO 4
DE GETAFE

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de juicio verbal número 128 de 2006 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Getafe, a 20 de enero de 2009.—El ilustrísimo señor don Francisco Javier Achaerandio Guijarro, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Getafe, habiendo visto los autos de juicio especial sobre guarda y custodia y privación de patria potestad de hijos menores, que se siguen en este Juzgado con el número 128 de 2006, a instancias de doña Raquel Gómez Martín, con domicilio en Getafe, en la calle Teruel, número 13, segundo A, representada procesalmente por la procuradora de los tribunales doña Inés María Álvarez Godoy y asistida de la letrada doña Teresa de Bernardo Bustos, contra don Raúl Gómez Morales, con domicilio en Fuenlabrada en el paseo de Lisboa, número 1, primero 1, actualmente en ignorado domicilio, y declarado en situación de rebeldía procesal en los presentes autos, sobre guarda y custodia y privación de la patria potestad, y en base al siguiente

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales doña Inés María Álvarez Godoy, en nombre y representación de doña Raquel Gómez Martín, contra don Raúl Gómez Morales, debo acordar y acuerdo la privación la patria potestad de don Raúl Gómez Morales sobre su hija menor, Alba Gómez Gómez, y la atribución de la guarda y custodia de esta a su madre, doña Raquel Gómez Martín.

No se hace expreso pronunciamiento en costas.

Notifíquese la presente sentencia al ministerio fiscal y a las partes personadas, haciéndose saber que la misma no es firme y el modo de impugnación, que podrá llevarse a cabo mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Firme que sea la presente sentencia, comuníquese al Registro Civil de Getafe, donde consta inscrito el nacimiento de la menor conforme a lo dispuesto en el artículo 755 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Procédase al archivo de las actuaciones tan pronto como sea firme la presente resolución, una vez se desglosen los documentos originales presentados, con entrega a la parte previo testimonio en autos.

Así por esta sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Raúl Gómez Morales, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Getafe, a 13 de febrero de 2009.—El secretario (firmado).

(02/4.108/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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