Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-04-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090416-0268

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 5 DE BILBAO

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Echeverría Alcorta, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Bilbao (Bizkaia).

Hago saber: Que en autos número 131 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña Iratxe Portillo Zunzunegui, contra Fondo de Garantía Salarial y “Mantenimientos de Jardinería Misán, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN 
Y CITACIÓN A JUICIO

Órgano que ordena citar: Juzgado de lo social número 5 de Bilbao (Bizkaia).

Asunto en que se acuerda: juicio número 131 de 2009, promovido por doña Iratxe Portillo Zunzunegui, contra Fondo de Garantía Salarial y “Mantenimientos de Jardinería Misán, Sociedad Limitada”.

Resolución que lo acuerda: auto de fecha 26 de febrero de 2009, cuyo contenido se inserta.

Organismo y empresa que se citan: Fondo de Garantía Salarial y “Mantenimientos de Jardinería Misán, Sociedad Limitada”.

Objeto de la citación: asistir, en el concepto indicado, a la celebración del acto del juicio y, en su caso, al previo de conciliación.

Lugar y fecha en que la que deben comparecer: en la sede de este Juzgado, sito en la dirección indicada, Sala de vistas número 11, sita en la planta primera, el día 5 de mayo de 2009, a las diez y cincuenta horas.

Diligencia.—En Bilbao (Bizkaia), a 26 de febrero de 2009.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en esta fecha se recibe de la oficina de reparto escrito de demanda presentado el 9 de febrero de 2009 por doña Iratxe Portillo Zunzunegui, que ha quedado registrado con el número 131 de 2009 en el libro de asuntos del Juzgado. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Bilbao (Bizkaia), a 26 de febrero de 2009.

Parte dispositiva:

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 5 de mayo de 2009, a las diez y cincuenta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados.

Adviértase a las partes:

1.  Que deberán concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intenten valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

2.  Que si la demandante citada en forma no comparece ni alega justa causa que se lo impida, se le tendrá por desistida de la demanda (artículo 83.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

3.  Que la incomparecencia injustificada de la demandada, citada en forma, no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Respecto a la prueba solicitada se acuerda: acceder al interrogatorio de los representantes en juicio de “Mantenimientos de Jardinería Misán, Sociedad Limitada”, don Gregorio de la Morena Sanz y don Fernando Gómez Martín para que declaren sobre los hechos y circunstancias objeto del pleito por los que se les pregunte y que el tribunal declare pertinentes.

El interrogatorio tendrá lugar el día y hora anteriormente señalados, y a los representantes en juicio de la persona jurídica se les citará con el apercibimiento de que si no comparecen y no justifican el motivo de la incomparecencia el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos en que hubieren intervenido personalmente, y cuya fijación como ciertos les sea enteramente perjudicial (artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).

Además, les será impuesta, previa audiencia, una multa de entre 180 euros y 600 euros (artículo 304 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Se requiere a la parte demandada, mediante la notificación de esta resolución, para que presente los documentos que estén en su poder y han sido solicitados por la actora, y fotocopias de los mismos; advirtiéndole que podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte que reclama los documentos, si deja de presentarlos sin causa justificada (artículo 94.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, con expresión de la infracción que se imputa a la resolución impugnada (artículo 452 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil), sin que su mera interposición suspenda la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mantenimientos de Jardinería Misán, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Bilbao (Bizkaia), a 24 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.141/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090416-0268