Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
17-04-2009

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090417-0200

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Planeamiento Urbanístico

Departamento de Planeamiento de Protección

Unidad Técnico-Jurídica 2

ANUNCIO

La Sección Primera de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el 22 de febrero de 2007, dictó sentencia estimatoria en el procedimiento ordinario 537/2002. Dicha sentencia fue aclarada por auto de 3 de febrero de 2009, quedando su fallo redactado en los siguientes términos:

“Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Francisco Laguna Palacios, contra acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid, en sesión de 20 de junio de 2002, por el que se dispuso la aprobación definitiva del Plan Especial de Asignación Pormenorizada de Usos en la parcela municipal EE-1, situada en la calle de las Peonías, anulando la disposición impugnada por no ser conforme al ordenamiento jurídico y sin hacer expresa imposición de costas”.

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en providencia de 5 de febrero de 2009, por la que, de conformidad con lo establecido en los artículos 72.2 y 107.2 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se requiere al Ayuntamiento de Madrid, para que proceda a la publicación del fallo de la sentencia referida.

Madrid, a 27 de marzo de 2009.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(03/10.735/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090417-0200