Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090420-0088

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 8 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Raquel Resa Carretero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.103 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Smail Hamadou, contra la empresa “Serviment Montajes y Vías, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 412 de 2008.

En la ciudad de Madrid, a 3 de noviembre de 2008.—Doña Patricia Valle Lorenzo, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 8 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Smail Hamadou, que comparece asistido por el letrado don Juan de la Lama Pérez, y de otra, como demandada, “Serviment Montajes y Vías, Sociedad Limitada”, que no compareció al acto de vista oral, en nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia:

Antecedentes de hecho

Primero.—Presentada la demanda en fecha uno de septiembre de 2008 correspondió su conocimiento a este Juzgado de lo social, dándose traslado al demandado y citando a las partes para la celebración del correspondiente juicio oral, y en su caso previo acto de conciliación judicial en fecha treinta de octubre de 2008 en que tuvieron lugar las actuaciones, compareciendo únicamente la parte actora, solicitando sentencia de acuerdo a sus intereses, practicándose las pruebas que fueron declaradas pertinentes y elevando finalmente a definitivas sus conclusiones.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por don Smail Hamadou, contra la empresa “Serviment Montajes y Vías, Sociedad Limitada”, en materia de reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa “Serviment Montajes y Vías, Sociedad Limitada”, a abonar a don Smail Hamadou la cantidad de 1.633,56 euros, más el interés legal de demora del 10 por 100 anual sobre dicha cantidad, obligándole a estar y pasar por dicho pronunciamiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Serviment Montajes y Vías, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.230/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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