Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090422-0127
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE LLEIDA EDICTO Según lo acordado en la ejecución número 99 de 2008, seguida en este Juzgado a instancias de don Juan Carlos Sabariego Albín, contra “Terminales de Comunicaciones, Sociedad Anónima”, “Maxam Corp, Sociedad Anónima Unipersonal”, TEASA y “Explocat Seguridad, Sociedad Limitada”, en relación a ejecutorias número 99 de 2008, por el presente se notifica a TEASA y “Terminales de Comunicaciones, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, la resolución dictada en los presentes autos en fecha 18 de marzo de 2009, cuyo tenor literal de su parte dispositiva dice: En Lérida, a 18 de marzo de 2009. Parte dispositiva: Se acuerda subsanar los errores materiales manifiestos contenidos en antecedentes de hecho primero y en la parte dispositiva del auto de fecha 31 de octubre de 2008, en el sentido de suprimir y dejar sin efecto la mención que en los mismos se contiene respecto a las empresas “Maxamcorp, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “Explocat Seguridad, Sociedad Limitada”, quedando, en consecuencia, redactados con el siguiente tenor: «Antecedente de hecho primero: En el proceso de ejecución número 99 de 2008, seguido a instancias de don Juan Carlos Sabariego Albín, contra las empresas “Terminales de Comunicaciones, Sociedad Anónima” (TECOSA), y “Transportes de Explosivos Armados, Sociedad Anónima” (TEASA), se dictó auto despachando ejecución en fecha 7 de julio de 2008 para cubrir un total de 23.723,99 euros de principal, 2.372,4 euros por intereses provisionales y 2.372,4 euros por costas provisionales.» «Parte dispositiva: Procede declarar a las ejecutadas “Terminales de Comunicaciones, Sociedad Anónima” (TECOSA), y “Transportes de Explosivos Armados, Sociedad Anónima” (TEASA), en situación de insolvencia legal por importe de 23.723,99 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Y procédase al archivo de las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de las ejecutadas.» Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que contra la misma no cabe recurso. Así lo acuerda, manda y firma doña Diana María Soriano Martín, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Lérida.—Doy fe. Y para que sirva de notificación en forma a las precitadas, cuyo domicilio se desconoce, advirtiéndoles que las sucesivas notificaciones, salvo que revistan forma de auto o sentencia, se harán en estrados, y para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, expido el presente edicto en Lleida, a 18 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/10.195/09) |

