Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090422-0218
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA JUZGADO NÚMERO 37 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO Doña Purificación Fernández Suárez, secretaria judicial con destino en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid. Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio de ordinario número 361 de 2007, a instancias de don Pedro Salaverria Rodríguez, representado por la procuradora doña Leticia Calderón Galán, contra “AIM Warrants España, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre nulidad de contrato e indemnización de daños y perjuicios, y ante el ignorado domicilio de la demandada que se indica se ha dictado en el procedimiento de referencia el auto de fecha 1 de marzo de 2009 del tenor literal siguiente: Auto Ilustrísima magistrada-juez de primera instancia, doña María Victoria Salcedo Ruiz.—En Madrid, a 1 de marzo de 2007. Dada cuenta; por repartido escrito de demanda y documentos acompañados, fórmense autos y regístrense en el libro correspondiente, y se tiene por personada y parte en nombre de don Pedro Salaverría Rodríguez a la procuradora doña Leticia Calderón Galán, con la que se entenderán las sucesivas diligencias en el modo y forma previstos en la Ley. Hechos: Primero.—Por la procuradora doña Leticia Calderón Galán, actuando en nombre y representación de don Pedro Salaverría Rodríguez, según acredita con la copia de poder para pleitos que acompaña, se ha presentado demanda de juicio ordinario, señalando como parte demandada a “AIM Warrrants España, Sociedad Anónima Unipersonal”. Segundo.—Expresa el actor que la cuantía de la demanda es la de 13.874,92 euros. Fundamentos de derecho: Primero.—Examinada la anterior demanda, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados, que la parte demandante reúne los requisitos de capacidad, representación y postulación procesales, necesarios para comparecer en juicio conforme a lo determinado en los artículos 6, 7, 23 y 31 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Segundo.—Asimismo, vistas las pretensiones formuladas en la demanda, este Juzgado tiene jurisdicción y competencia objetiva para conocer de las mismas según los artículos 37, 38 y 45 de la citada Ley procesal. Por último, por lo que respecta a la clase de juicio, la parte actora, cumpliendo lo ordenado en el artículo 253.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ha sañalado la cuantía de la demanda en 13.874,92 euros, por lo que procede sustanciar el proceso por los trámites del juicio ordinario, según dispone el artículo 249 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Tercero.—Por lo expuesto procede la admisión a trámite de la demanda y su sustanciación conforme a lo dispuesto para el juicio ordinario en los artículos 399 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Parte dispositiva: Su señoría resuelve: Se admite a trámite la demanda presentada por la procuradora doña Leticia Calderón Galán, en nombre y representación de don Pedro Salaverría Rodríguez, frente a “AIM Warrants España, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre nulidad de contrato e indemnización de daños y perjuicios, la que se sustanciará según las normas del juicio ordinario. Dese traslado de la demanda a la parte demandada, haciéndole entrega de copia de la misma y de los documentos acompañados, emplazándola con entrega de la oportuna cédula, para que en el plazo de veinte días hábiles comparezca en autos en forma legal mediante procurador y con asistencia de abogado y conteste a la demanda, con el apercibimiento de que de no efectuarlo será declarada en rebeldía. Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el segundo otrosí, y en cuanto al otrosí tendrá que solicitarlo en el momento procesal oportuno, y en cuanto al tercer otrosí no ha lugar al desglose del poder, dado que lo que aporta es una mera fotocopia. Llévese a efecto el emplazamiento en el domicilio señalado por la parte actora. Para el emplazamiento en dicho domicilio remítase la oportuna documentación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos. Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria (firmado).—La magistrada-juez de primera instancia (firmado). Y para que sirva de notificación y emplazamiento en legal forma a la demandada rebelde, cuyo domicilio se ignora, “AIM Warrants España, Sociedad Anónima Unipersonal”. Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de este Juzgado, expido la presente en Madrid, a 24 de marzo de 2009.—La secretaria (firmado). (02/4.200/09) |

