Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
23-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090423-0239

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 33 DE MADRID

EDICTO

Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.

Hace saber: Que en este Juzgado se siguen autos con el número 986 de 2008, hoy ejecución número 4 de 2009, a instancia de don Joseph Valderrama Delmar, contra la empresa “Etna Classic, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, en los que en fecha 24 de marzo de 2009, se ha dictado propuesta de auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a)  Declarar a la ejecutada “Etna Classic, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total con carácter provisional por importe de 2.756,19 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Así lo mandó y firma su señoría ilustrísima. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Y para que sirva de notificación a “Etna Classic, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente en Madrid, a 24 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.535/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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