Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090423-0295
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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE LO SOCIAL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE MADRID EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid. Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 54 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Litardo Cedeño, contra la empresa “Exmecatrans, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 30 de marzo de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente: Parte dispositiva: En atención a lo dispuesto, se acuerda: a) Despachar la ejecución solicitada por don Luis Litardo Cedeño, contra “Exmecatrans, Sociedad Limitada”, por un principal de 3.189,41 euros, más 239,20 euros de intereses provisionales y 318,94 euros de costas provisionales, requiriendo al letrado señor don José Luis Fernández Chillón a fin de que en el plazo de cuatro días aporte escritura original de apoderamiento otorgada a su favor para proceder a su cotejo. b) Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que les consten. c) Trabar embargo de los bienes de la demandada en cuantía suficiente, y desconociéndose bienes concretos procédase a la averiguación de los mismos y, a tal fin, líbrese comunicación a la Oficina de Averiguación Patrimonial del Decanato de los Juzgados de Madrid, así como mandamiento al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad. Asimismo, se decreta el embargo sobre los reintegros pendientes de abono que la ejecutada tuviera a su favor por devoluciones de impuesto sobre el valor añadido, impuesto sobre la renta de las personas físicas o cualquier otro impuesto, librando oficio a la Delegación de Hacienda de Madrid. Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad. Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral. Así por este auto lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado). Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento. Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Excemecatrans, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En Madrid, a 30 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado). (03/11.431/09) |

