Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090424-0176
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C) Otras Disposiciones Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio
La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 26 de marzo de 2009, examinó el expediente relativo a la Modificación Puntual del Plan Especial del “Proyecto de Construcción de la Ampliación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Navarrosillos”, en el término municipal de Colmenar Viejo, promovido por el Canal de Isabel II, adoptando Acuerdo del siguiente tenor literal: «En virtud del contenido del informe urbanístico, de fecha 11 de marzo de 2009, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en la misma fecha, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ACORDÓ Primero Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan Especial del “Proyecto de Construcción de la Ampliación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales de Navarrosillos”, en el término municipal de Colmenar Viejo. Segundo Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.» En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial, se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado. Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir. Madrid, a 20 de abril de 2009.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez. (01/1.443/09) |

