Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 1.2.50.1: I. COMUNIDAD DE MADRID
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090427-0020
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B) Autoridades y Personal Consejería de Economía y Hacienda
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, DISPONGO Primero Advertido error material en el Anexo de la Orden de 3 de marzo de 2009, por la que se convocan puestos de trabajo para su provisión por el sistema de Concurso de Méritos en la Consejería de Economía y Hacienda, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 67, de 20 de marzo de 2009, se procede a su rectificación en los siguientes términos: — En la página 10: En el puesto de trabajo número 1579, denominado “Sección de gastos”, donde dice: “Turno/Jornada: Mañana y dos tardes”; debe decir: “Turno/Jornada: Mañana”. — En la página 11: En el puesto de trabajo número 34776, denominado “Sección de sanciones II”, donde dice: “Turno/Jornada: Mañana y dos tardes”; debe decir: “Turno/Jornada: Mañana”. Segundo Se concede un nuevo plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente corrección, para la presentación de solicitudes en el Registro de la Consejería de Economía y Hacienda, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Tercero La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Dado en Madrid, a 27 de marzo de 2009.—El Consejero de Economía y Hacienda, PDF (Orden de 4 de julio de 2008), el Secretario General Técnico, Héctor Casado López. (03/12.348/09) |

