Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-04-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090428-0381

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 18 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 127 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Virginia Gil Fernández, contra la empresa “Top Tiendas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 22 de enero de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Propuesta de providencia de la secretaria judicial, doña Pilar Ortiz Martínez.—En Madrid, a 22 de enero de 2009.

Dada cuenta; póngase a disposición de doña Virginia Gil Fernández la cantidad de 13,96 euros, en concepto de parte de principal, una vez que la presente resolución sea firme mediante el correspondiente mandamiento de devolución que será entregado en esta Secretaría. Se hace saber que los mandamientos de devolución, una vez expedidos, caducan a los tres meses.

Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 2.726,46 euros de principal, y 445,31 euros de intereses y costas sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, dese audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.

Por recibidos los anteriores oficios de las entidades bancarias “Banesto”, “Caja de Madrid” y “Banco Santander Central Hispano” todos con resultado negativo, únanse a los autos de su razón.

Queda unida la anterior certificación del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, comunicando que no aparecen titularidades vigentes de inmuebles a favor de “Top Tiendas, Sociedad Limitada”, en todo el territorio nacional. Igualmente se une el oficio recibido de la Agencia Tributaria comunicando que no existe ninguna solicitud de devolución de la mercantil ejecutada.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.

Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe.—Conforme: la magistrada-juez de lo social (firmado).—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Top Tiendas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 26 de marzo de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.444/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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