Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
28-04-2009

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090428-0019

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C) Otras Disposiciones

Consejería de Cultura, Deporte y Turismo

1406 ORDEN 564/2009, de 31 de marzo, por la que se amplía el ámbito de aplicación de la Orden 615/2008/00, de 30 de julio, que establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas.

Como consecuencia del gran desarrollo en la actividad y funcionamiento de las Federaciones Deportivas Madrileñas, que ha dado lugar a un considerable aumento de sus presupuestos de gastos e ingresos, se considera conveniente establecer medidas de supervisión del gasto, tal y como establece la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, al regular el régimen económico de las Federaciones Deportivas Madrileñas, que en su artículo 39, apartado e), establece que, en los casos en que reglamentariamente se determine, deberán someterse, anualmente, a auditorías financieras y, en su caso, de gestión; así como a informes de revisión sobre la totalidad o parte de sus gastos, sin perjuicio de las competencias en materia de control e inspección atribuidas a otros órganos por Ley.

Por otro lado, el artículo 33 del Decreto 159/1966, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, determina en su apartado 3 que por la Administración de la Comunidad de Madrid se aprobará el correspondiente Plan de Auditorías Financieras y, en su caso, de gestión, al que deberán someterse las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid.

En base a ello se dictó la Orden 615/2008/00, de 30 de julio, que establece la presentación por las Federaciones Deportivas Madrileñas de las cuentas anuales auditadas en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, dependiente de la Dirección General de Deportes, como instrumento de control que coadhyuve a restablecer los objetivos de control de gastos para las subvenciones otorgadas a las mismas.

Dicha Orden establece en su artículo 3 que se deberán someter a auditoría las Federaciones Deportivas Madrileñas que en el ejercicio 2007 hayan tenido un presupuesto total de gastos o superior a 1.000.000 de euros.

También dispone que las Federaciones sujetas a lo establecido en la misma presentarán las cuentas anuales auditadas correspondientes al ejercicio inmediatamente anterior antes del 30 de julio de cada año.

Una vez se ha dado cumplimiento al ámbito de aplicación establecido en el artículo 3 de la Orden 615/2008/00, se considera necesario continuar con el Plan de Auditorías para siguientes ejercicios ampliando el límite de gastos, con el fin de extender dicho control del gasto público al mayor número posible de Federaciones.

Por ello, en uso de las atribuciones que han sido conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Ampliar el ámbito de aplicación de la Orden 615/2008/00, de 30 de julio, por la que se establece el Plan de Auditorías de las cuentas anuales de las Federaciones Deportivas Madrileñas, debiendo someterse a auditorías aquellas que, en el ejercicio de 2008, hayan tenido un presupuesto total de gastos igual o superior a 500.000 euros, sin perjuicio de que en ejercicios posteriores se pueda extender esta obligación a otras Federaciones independientemente de su presupuesto.

Dada en Madrid, a 31 de marzo de 2009.

El Consejero de Cultura, Deporte y Turismo,
 SANTIAGO FISAS AYXELÀ

(03/12.421/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.95.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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