Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
29-04-2009

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090429-0206

Páginas: 0


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTOS

OLMEDA DE LAS FUENTES

RÉGIMEN ECONÓMICO

No habiéndose formulado reclamación alguna durante el plazo de exposición pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 51, de 2 de marzo de 2009, contra el acuerdo de modificación de la ordenanza número 12, reguladora de la entrada de vehículos a través de las aceras, resulta que según lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, esta ordenanza ha quedado definitivamente aprobada de acuerdo con el siguiente tenor literal:

MODIFICACIÓN ORDENANZA NÚMERO 12,
REGULADORA DE LA ENTRADA DE VEHÍCULOS
A TRAVÉS DE LAS ACERAS Y RESERVAS
DE VÍA PÚBLICA, PARA APARCAMIENTO EXCLUSIVO,
CARGA O DESCARGA DE MERCANCÍAS
DE CUALQUIER CLASE

Art. 13.  Bases y tarifas.—La tarifa a aplicar será la siguiente:

Tarifa primera. Viviendas unifamiliares, adosadas y pareadas:

— Por cada paso o badén en la acera para facilitar la entrada de carruajes en una propiedad privada en viviendas unifamiliares adosadas, pareada: 30 euros/año.

Tarifa segunda. Viviendas colectivas y garajes colectivos:

— Por entrada de vehículos en garajes colectivos, sean de explotación comercial, industrial o particular. A la primera plaza se le aplicará la tarifa primera. Por cada una de las restantes plazas hasta agotar la cabida útil del aparcamiento a razón de 15 euros/anuales.

— Tendrán la consideración de garajes colectivos a los efectos previstos en el presente artículo los espacios comunes en comunidades de vecinos, donde se estacionen vehículos de los contemplados a efectos de la presente ordenanza.

Tarifa tercera. Reservas para cargas y descargas:

— Por cada reserva de aparcamiento para carga y descarga de mercancías:

l Cada metro lineal de reserva: 4 euros/metro/año.

Tarifa cuarta. Adquisición de placas de vado:

— Por la compra de cada placa de vado permanente que delimite la entrada de los vehículos o zonas reservadas de aparcamiento: 15 euros.

Olmeda de las Fuentes, a 7 de abril de 2009.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Alonso Juliá.

(03/12.462/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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