Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-05-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090504-0072

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 60
DE MADRID

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 1.748 de 2007, sobre otras materias, a instancias de don Francisco Menéndez Álvarez, con la procuradora doña María del Mar Montero de Cózar Millet, contra doña María Álvarez Álvarez, con procurador sin profesional asignado, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto número 289 de 2009

Magistrada-juez de primera instancia, doña Inmaculada Vacas Hermida.—En Madrid, a 23 de marzo de 2009.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Mediante otrosí del escrito de demanda presentado por la procuradora doña María del Mar Montero de Cózar Millet, en nombre y representación de don Francisco Menéndez Álvarez, se solicitó la adopción de medidas cautelares contra doña María Álvarez Álvarez.

Segundo.—Por resolución de fecha 27 de noviembre de 2007 se acordó la notificación de la solicitud de medidas cautelares a la demandada, no pudiendo hacerse efectiva por resultar negativas todas las notificaciones. Por resolución se acordó convocar a las partes a la celebración de audiencia previa para el día 23 de marzo de 2009, a las trece horas, no compareciendo la demandada, la cual fue declarada en rebeldía previamente mediante resolución de fecha 11 de febrero de 2009.

Tercero.—Con fecha 23 de marzo de 2009, y en el acta de audiencia previa, la parte actora desiste de sus pretensiones solicitadas como medidas cautelares.

Parte dispositiva:

Único.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, el demandante podrá desistir unilateralmente, en cualquier momento, cuando el demandado se encontrare en rebeldía.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Se tiene por desistida a la procuradora doña María del Mar Montero de Cózar Millet, en nombre y representación de don Francisco Menéndez Álvarez, de las medidas cautelares solicitadas.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación.

Así lo manda y firma su señoría. Doy fe.—El secretario (firmado).—La magistrada-juez de primera instancia (firmado).

En Madrid.—El secretario (firmado).

(02/4.740/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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