Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
04-05-2009

Sección 1.3.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090504-0215

Páginas: 0


C) Otras Disposiciones

Consejería de Cultura y Turismo

1502 Orden 173/2009/00, de 12 de febrero, por la que se subsanan errores materiales advertidos en la Orden 2396/2008/00, de 29 de diciembre, por la que se convocan ayudas a la producción musical para el año 2009.

Advertidos errores materiales en la Orden 2396/2008/00, de 29 de diciembre, por la que se convocan “Ayudas a la producción musical para el año 2009”, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 24, de 29 de enero, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:

DISPONGO

Rectificar los citados errores en el siguiente sentido:

Donde dice:

“Segundo

Solicitudes y documentación

1.1.  Empresario individual:

— Original y fotocopia del alta en el IAE, epígrafe 965 y subepígrafe que corresponda. Para la modalidad de grabación y edición discográfica y difusión por medios audiovisuales y por Internet, alta en el epígrafe 965 ó 355.3”.

Debe decir:

“Segundo

Solicitudes y documentación

1.1.  Empresario individual:

— Original y fotocopia del alta en el IAE, epígrafe 965 y subepígrafe que corresponda. Para la modalidad de grabación y edición discográfica y difusión por medios audiovisuales y por Internet, alta en el epígrafe 965 ó 355.2”.

Asimismo, donde dice:

“Segundo

Solicitudes y documentación

1.2.  Sociedad mercantil:

— Original y fotocopia del alta en el IAE, epígrafe 965 y subepígrafe que corresponda. Para la modalidad de grabación y edición discográfica y difusión por medios audiovisuales y por Internet, alta en el epígrafe 965 ó 355.3. Deberá acompañarse del último recibo pagado (correspondiente al año anterior) o, en su caso, certificado de exención o declaración responsable de que su cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros”.

Debe decir:

“Segundo

Solicitudes y documentación

1.2.  Sociedad mercantil:

— Original y fotocopia del alta en el IAE, epígrafe 965 y subepígrafe que corresponda. Para la modalidad de grabación y edición discográfica y difusión por medios audiovisuales y por Internet, alta en el epígrafe 965 ó 355.2. Deberá acompañarse del último recibo pagado (correspondiente al año anterior) o, en su caso, certificado de exención o declaración responsable de que su cifra de negocios es inferior a 1.000.000 euros”.

De igual manera, donde dice:

“Octavo

Obligaciones de los beneficiarios

1.  Estrenar la obra subvencionada, traer la grabación discográfica o finalizar la exhibición de ciclos musicales, festivales y conciertos antes de 31 de enero de 2009”.

Debe decir:

“Octavo

Obligaciones de los beneficiarios

1.  Estrenar la obra subvencionada, traer la grabación discográfica o finalizar la exhibición de ciclos musicales, festivales y conciertos antes de 31 de enero de 2010”.

Madrid, a 12 de febrero de 2009.

El Consejero de Cultura y Turismo,
 SANTIAGO FISAS AYXELÀ

(03/13.501/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.100.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090504-0215